Regl. 7217, art. 2.7.1
Los miembros de la facultad que enseñan cursos de educación general,
Cite as Reglamento Núm. 7217, Art. 2.7.1
cursos en el área de contenido y/o cursos de estudio profesional colaboran unos con otros
y con las escuelas públicas y los profesionales de las escuelas en relación al desarrollo,
implementación y evaluación de los programas de educación profesional.