Regl. 7221, art. II
Reglamento de Procedimientos Administrativos para Impugnar la Notificación de Contribución Sobre la Propiedad Inmueble. Vigencia 19 de octubre de 2006.
Cite as Reglamento Núm. 7221, Art. II
PROPÓSITO
El propósito de este Reglamento es establecer un procedimiento adjudicativo uniforme,
de conformidad con los requisitos de la Ley 83, la LPAU y del debido proceso de ley, para que
cualquier Contribuyente interesado pueda solicitar una revisión administrativa de la notificación
REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA IMPUGNAR LA NOTIFICACIÓN DE CONTRIBUCIONES
SOBRE LA PROPIEDAD INMUEBLE
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de imposición de contribución sobre la propiedad inmueble, dentro de los términos y cumpliendo
con los requisitos aquí establecidos.