Regl. 7221, art. XVIII

Reglamento de Procedimientos Administrativos para Impugnar la Notificación de Contribución Sobre la Propiedad Inmueble. Vigencia 19 de octubre de 2006.

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INFORME DEL OFICIAL EXAMINADOR El Informe del Oficial Examinador deberá: REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA IMPUGNAR LA NOTIFICACIÓN DE CONTRIBUCIONES SOBRE LA PROPIEDAD INMUEBLE Página 18 A. Incluir y exponer separadamente las determinaciones de hecho y las conclusiones de derecho que fundamentan las recomendaciones hechas al Director Ejecutivo del CRIM. Dichas determinaciones y conclusiones se basarán en la evidencia sustancial en el expediente. B. Contener una explicación de las razones por las cuales las recomendaciones se hayan podido desviar de lo resuelto anteriormente en procedimientos adjudicativos de esta índole, de ello ser el caso. C. Citar las partes del récord y las autoridades legales que sustentan las recomendaciones hechas al Director Ejecutivo del CRIM. D. Estar firmado por el Oficial Examinador.
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