Regl. 7221, art. XXVI dup2

Reglamento de Procedimientos Administrativos para Impugnar la Notificación de Contribución Sobre la Propiedad Inmueble. Vigencia 19 de octubre de 2006.

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VIGENCIA Este Reglamento entrará en vigor treinta (30) días después de su presentación en el Departamento de Estado y en la Biblioteca Legislativa, de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada. Aprobado por la Junta de Gobierno el 29 de junio de 2006. William Miranda Marín Javier Jiménez Pérez Copresidente Copresidente Pedro A. Padilla Ayala Norman El Foy Secretario Director Ejecutivo CR Estado Libre Asociado de Puerto Rico CA CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES Junta de Gobierno CERTIFICACIÓN Yo, PEDRO A. PADILLA AYALA, Vicepresidente y Secretario Incidental de la Junta de Gobierno del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), CERTIFICO que la Resolución 2006-34 fue adoptada por la Junta en la reunión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2006, según consta en el Acta 2006-20. CERTIFICO, además, que dicha Resolución no ha sido derogada, revocada o anulada y se encuentra en toda su fuerza y vigor. RESOLUCIÓN 2006-34 RESUÉLVESE, por la Junta de Gobierno del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), aprobar el Reglamento para Establecer un Procedimiento Adjudicativo para Impugnar las Notificaciones de Contribuyentes Sobre la Propiedad Inmueble. Y PARA QUE ASÍ CONSTE, suscribo y estampo el sello del CRIM. En San Juan, Puerto Rico, hoy 12 de septiembre de 2006. PEDRO A. PADILLA AYALA PO Box 195387 San Juan, Puerto Rico 00919-5387 Tel. 787-625-2746 Fax 787-625-1458
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