Regl. 7233, art. XXVII-VI

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 7233, Art. XXVII-VI

Toda persona que desee recibir los beneficios de subsidio para el pago de arrendamiento bajo el Programa tendrá que cumplir con los siguientes requisitos: A. ser persona de edad avanzada. B. carecer de vivienda propia y no poseer propiedad inmueble alguna, durante un año anterior al momento de solicitar, salvo justa causa. El Departamento tendrá la discreción de evaluar, denegar O aprobar cada situación exepcional según sus méritos y particularidades. Cualquier determinación tomada no será considerada como precedente al momento de radicar la solicitud de subsidio. C. cumplir con los límites de ingreso establecidos en el Artículo XV de este Reglamento. D. que la vivienda para la cual se solicita el subsidio cumpla con los requisitos establecidos en el Artículo XII de este Reglamento. 4 Para el subsidio de los intereses sobre préstamos, en caso de que una persona de edad avanzada sea dueño de su vivienda, deberá cumplir con los requisitos de elegibilidad establecidos en los incisos (a) y (c) del Artículo VI de este Reglamento.
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