Regl. 7233, art. XXVII-VI
REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD
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Cite as Reglamento Núm. 7233, Art. XXVII-VI
Toda persona que desee recibir los beneficios de subsidio para el pago
de arrendamiento bajo el Programa tendrá que cumplir con los siguientes
requisitos:
A. ser persona de edad avanzada.
B. carecer de vivienda propia y no poseer propiedad inmueble alguna,
durante un año anterior al momento de solicitar, salvo justa causa.
El Departamento tendrá la discreción de evaluar, denegar O
aprobar cada situación exepcional según sus méritos y
particularidades. Cualquier determinación tomada no será
considerada como precedente al momento de radicar la solicitud
de subsidio.
C. cumplir con los lÃmites de ingreso establecidos en el ArtÃculo XV de
este Reglamento.
D. que la vivienda para la cual se solicita el subsidio cumpla con los
requisitos establecidos en el ArtÃculo XII de este Reglamento.
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Para el subsidio de los intereses sobre préstamos, en caso de que
una persona de edad avanzada sea dueño de su vivienda, deberá
cumplir con los requisitos de elegibilidad establecidos en los
incisos (a) y (c) del ArtÃculo VI de este Reglamento.