Regl. 7247, art. 53-53.3

Justificación. Evaluación en los méritos y determinación del

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Cite as Reglamento Núm. 7247, Art. 53-53.3

beneficio institucional o el interés público. En todos los casos, la otorgación de la licencia deberá estar plenamente justificada por el solicitante. La Junta Administrativa de la unidad evaluará todas las solicitudes en sus méritos y determinará si la otorgación de misma para los propósitos consignados en la solicitud es de beneficio institucional o de interés público.
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