Regl. 7252, art. 14

Reglamento y Normas Generales para el Alquiler, Concesión y Uso de las Instalaciones del Balneario Playa Flamenco de Culebra y su Area de Acampar.

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Cite as Reglamento Núm. 7252, Art. 14

VIGENCIA Estas Normas comenzarán a regir, luego de su aprobación por la Junta de Directores de la ACDEC, treinta (30) días después de su presentación en el Departamento de Estado y en la Biblioteca de la Oficina de Servicios Legislativos. Aprobadas en San Juan, Puerto Rico, hoy i Bde agustage 2006. Don. Lier Hon. Abraham Peña Nieves Sr. Anastacio Peña García Presidente, Junta de Directores Vice-Presidente Sra. Dolly Camareno Diaz Sr. Semes Simón Padrón Padem Garay May Miembro Miembro José Carlos Cortés González Garay Figueroa Miembro Miembro Elias Robinson Rivera Miembro 13 Anejo 1. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO DE CULEBRA (ACDEC) AUTORIZACIÓN PARA ALQUILER DE INSTALACIONES La ACDEC, administra las instalaciones que abajo se describen: Gazebo Área de Acampar Otros: Otorga permiso a: residente en Tel. Para utilizar la instalación arriba indicada, con el propósito de celebrar la siguiente actividad: Fecha de la actividad: Horario: Cánon de arrendamiento: $ Núm. Recibo Fianza: $ Núm. Recibo Método de Pago: Efectivo Tarjeta Fecha devolución Fianza: Recibido por: El solicitante releva a la Autoridad de Conservación y Desarrollo de Culebra y al Municipio de Culebra, sus empleados, agentes y representantes de todo tipo de responsabilidad por cualquier daño ocasionado a la persona o propiedad de sus invitados, visitantes o clientes durante la actividad autorizada en este permiso. La ACDEC se reserva el derecho a cancelar este permiso, previa notificación al efecto. Se devolverá la instalación en las mismas condiciones en que la encontraron. Cualquier cancelación de una actividad, hecha a menos de tres (3) días de anticipación a la fecha de la actividad, conllevará un cargo administrativo de veinte dólares ($20.00). Dicho cargo no será aplicable en caso de cancelación por condiciones meteorológicas o emergencia, debidamente sustentada. Se cobrará una fianza para cubrir los daños a la instalación 0 los gastos para la limpieza. La misma se devolverá, si la instalación se entrega en las mismas condiciones en que se alquiló. Aceptado por: Fecha: Nombre en letra de molde: Dirección física y teléfono: Autorización Devolución de Fianza: Solicitante Persona autorizada Director Ejecutivo 14 Anejo 2. MUNICIPIO DE CULEBRA AUTORIDAD DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO DE CULEBRA SOLICITUD PARA ACAMPAR EN EL BALNEARIO PLAYA FLAMENCO DE CULEBRA Oficina de Reservaciones Se acepta Master Card, VISA, ATH y efectivo. P.O. Box 217 NO SE ACEPTAN CHEQUES PERSONALES Culebra, P.R. 00775 Horas de Oficina 6 a.m. a 7 p.m. Tels. (787) 742-0700 NOS RESERVAMOS EL DERECHO DE ADMISIÓN 742-3525 / 742-3880 Nombre del Solicitante (letra de molde) Número de Teléfono y Celular Dirección Residencial (calle, número y ciudad o pueblo ) Dirección Postal (incluya Zip Code) Número de ocupantes (máximo de seis (6) por caseta) El precio actual es de $20.00/caseta por noche. El depósito para reservar una caseta es de $20.00 por caseta y el mismo será reembolsable si se hace la cancelación con cinco (5) días con antelación a la fecha de la reservación (no será reembolsable después de esa fecha). Número de días de estadía reservados (máximo de siete (7) días consecutivos). Precio Total ( número de días de estadía reservados X $20.00). Esta cantidad se pagará al momento de registrarse. El balance de días reservados no utilizados, sólo se reembolsará por justa causa). La administración no será responsable por daños o pérdidas causados por negligencia, robo, fuego, actos de la naturaleza o de terceros. Antes del "check-out" se dejará limpia y libre de desperdicios el área utilizada para acampar. CHECK IN: 8 A.M. CHECK - OUT: 4 P.M. Se podrá requerir el desalojo de las personas que violen las normas de uso al dorso. 15 NORMAS DE USO DEL BALNEARIO PLAYA FLAMENCO Y SU ÁREA DE ACAMPAR 1. Los usuarios del área de acampar proveerán el equipo necesario para su estadía incluyendo casetas, equipo de cocina, efectos personales y de primera ayuda. 2. En el balneario hay un área para concesionarios independientes que alquilan casetas de acampar, equipo de playa y venden comida, artículos de primera necesidad y para la playa. Se exhorta a los visitantes al Balneario de Culebra a que patrocinen estos negocios. 3. Sólo se permite acampar en el área designada e identificada para esos propósitos. 4. Con el propósito de proteger la vida silvestre y vegetal del balneario no se permitirán las siguientes actividades: Perturbar, molestar o hacer daño a la vida silvestre de Culebra. El corte de árboles 0 de cualquier tipo de vegetación. Fogatas fuera de los fogones preparados para esos propósitos. Enterrar basura en ninguna parte del balneario. Utilizar luces en la playa ya que pueden desorientar a las tortugas marinas. Invadir las áreas identificadas y acordonadas como nidos de tortugas. Arrojar basura fuera de los zafacones del balneario. 5. Para garantizar la seguridad, tranquilidad y disfrute de todos los visitantes, en el área del balneario no se permitirá: Envases de cristal (se confiscará cualquier envase de cristal). Utilizar vehículos de motor de ningún tipo en la orilla de la playa. Volumen excesivo de equipos de sonido. Falta de silencio después de las 11p.m. Conducta desordenada, palabras ofensivas o desnudez. Armas de fuego, con excepción de los agentes del orden público. Animales, con excepción de perros guías 0 de la Policía. Dormir en la orilla de la playa. Uso excesivo de bebidas alcohólicas. Generadores eléctricos, ni extensiones de energía eléctrica. Certifico que he leído todo lo anterior, que se me entregó copia de este documento y me comprometo a informárselo a todas las personas que me acompañan. Firma y fecha: 16 Anejo 3. AVISO Efectivo el 1 de septiembre de 2006, comenzarán a regir las siguientes tarifas en las instalaciones de la Autoridad para la Conservación y Desarrollo de Culebra (ACDEC) Actividad Costo Mínimo Costo Máximo 1. Benéficas, Religiosas $350.00 $1,750.00 y otras sin fines de lucro 2. Sin Fines de Lucro Sin Auspiciadores $650.00 $4,500.00 3. Con fines de lucro o con auspiciadores $2000.00 $6,500.00 La ACDEC se reserva el derecho de cobrar fianza por el uso de cualquier estructura. 17
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