Regl. 7253, art. 13-13.12
El Oficial Examinador podrĂ¡ ordenar a un auditor que examine la evidencia
Cite as Reglamento NĂºm. 7253, Art. 13-13.12
disponible y le presente recomendaciones, o que investigue directamente a las agencias
concernidas, presentando luego un informe que se harĂ¡ formar parte del expediente del caso.