Regl. 7253, art. 17

Aplicación de las Reglas de Procedimiento Civil y de Evidencia

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Cite as Reglamento Núm. 7253, Art. 17

Las Reglas de Procedimiento Civil y de Evidencia no serán de estricta aplicación a las vistas administrativas, sino en la medida en que el Oficial Examinador o la Comisión lo estime necesario para llevar a cabo los fines de la justicia.
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