Regl. 7253, art. 17
Aplicación de las Reglas de Procedimiento Civil y de Evidencia
Cite as Reglamento Núm. 7253, Art. 17
Las Reglas de Procedimiento Civil y de Evidencia no serán de estricta aplicación a las vistas
administrativas, sino en la medida en que el Oficial Examinador o la Comisión lo estime
necesario para llevar a cabo los fines de la justicia.