Regl. 7253, art. 9-9.05

Todo abogado que asuma la representación legal de una agencia, municipio 0

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Cite as Reglamento Núm. 7253, Art. 9-9.05

corporación está obligado a notificarlo mediante escrito a la Comisión y a todas las partes. Cualquier cambio en la representación legal de alguna de las partes tendrá que ser notificado a la Comisión dentro del plazo de cinco (5) días laborables a partir de haber ocurrido. Reglamento sobre Procedimientos Investigativos y Adjudicativos Página 8
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