Regl. 7253, art. 9-9.05
Todo abogado que asuma la representación legal de una agencia, municipio 0
Cite as Reglamento Núm. 7253, Art. 9-9.05
corporación está obligado a notificarlo mediante escrito a la Comisión y a todas las partes.
Cualquier cambio en la representación legal de alguna de las partes tendrá que ser notificado a la
Comisión dentro del plazo de cinco (5) dÃas laborables a partir de haber ocurrido.
Reglamento sobre Procedimientos
Investigativos y Adjudicativos
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