Regl. 7256, art. II
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Cite as Reglamento Núm. 7256, Art. II
a) Acuerdo de Inspección Periódica Consentimiento
escrito del dueño o encargado del ganado en el
cual se compromete a reunir y acorralar su hato
para ser sometido a una inspección y conteo de
animales, previa notificación con veinticuatro (24)
2
horas de anticipación, por inspectores del
Programa.
b) "Anaplasma" - género del parásito sanguÃneo
causante de anaplasmosis.
c) "Anaplasmosis" enfermedad febril del ganado
causada por el género Anaplasma.
ch)"Babesia" significa el género del parásito
sanguÃneo causante de la fiebre del ganado
bovino o Babesiosis.
d) "Babesiosis" significa la fiebre del ganado bovino
causada por el género Babesia y transmitida por
Boophilus microplus.
e) Boophilus microplus género y especie de la
garrapata que causa la fiebre bovina.
f) Brigada se refiere a los empleados que ofrecen
los servicios de aspersión.
g) Ganadero toda persona natural o jurÃdica que se
dedique a operar una o más fincas para la
producción comercial de leche 0 carne.
h) Hato - conjunto de ganado vacuno presente en un
predio de terreno y que está en contacto fÃsico
directo.
i) Aplicador de Plaguicidas funcionario designado
por el Secretario, debidamente adiestrado para
llevar a cabo los servicios de aspersión en el campo
y la distribución del acaricida.
j) Programa se refiere al Programa para el Control
de la Garrapata del Ganado en Puerto Rico.
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k) Recaudador funcionario de la Administración de
Servicios y Desarrollo Agropecuario debidamente
autorizado por Ley para realizar recaudaciones.
1) Recaudador Auxiliar funcionario de la
Administración de Servicios y Desarrollo
Agropecuario debidamente autorizado por el
Departamento de Hacienda para realizar
recaudaciones.
11) Recibo Oficial significa el récord expedido al
momento en que un ganadero paga por obtener
los servicios del Programa.
m) Secretario se refiere al Secretario de
Agricultura o a su representante autorizado.
n) Secretario -se refiere al Secretario de
Agricultura o a su representante autorizado.
ñ) Solicitud de Servicios - se refiere al formulario
ser completado por el ganadero que requiera de
los servicios del Programa de Control de
Garrapatas. El mismo tendrá el nombre y
dirección del ganadero, servicio solicitado,
dirección fÃsica del hato, cantidad de animales, si
están afectados o no por Anaplasmosis o
Babesiosis y el acuerdo de inspección periódica.