Regl. 7256, art. IV
CICLOS DE TRATAMIENTO REQUERIDOS
Cite as Reglamento Núm. 7256, Art. IV
A. "Anaplasmosis" Esta condición se combatirá
mediante tratamientos de aspersión de acaricida
para ciclos de catorce (14) a veintiún (21) dÃas.
B. "Babesiosis" En tratamientos de aspersión de
acaricida para ciclos de siete (7) dÃas, para un total
de tres (3) tratamientos; luego dos (2) ciclos de
catorce (14) dÃas, para dos (2) tratamientos; luego
ciclos de veintiún (21) dÃas, hasta que se controle la
infestación.