Regl. 7267, art. 23
Separabilidad.
Cite as Reglamento Núm. 7267, Art. 23
Si cualquier artículo 0 inciso de este Reglamento fuere declarado nulo por un
tribunal con competencia, dicha declaración de nulidad no afectará las demás
disposiciones del mismo, las cuales continuarán vigentes.