Regl. 7275, art. 3

Gerencia de contratos

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Cite as Reglamento Núm. 7275, Art. 3

(a) El Director(a) identificará de entre el personal de la Corporación a un(a) gerente de contrato, quien administrará el contrato de acuerdo con sus términos y condiciones. Será responsabilidad del gerente de contrato cerciorarse de que previo a comenzar los trabajos por concepto de servicios profesionales o consultivos, se haya firmado el correspondiente contrato para autorizar los mismos y se haya enviado la certificación correspondiente a la Oficina del Contralor, de conformidad con la reglamentación vigente. (b) El/la gerente de contrato podrá, en el ejercicio de su discreción y el descargo de su responsabilidad, revisar aquellos subcontratos que el consultor o profesional contrate, a los fines de proteger los intereses de la Corporación. (c) El/la gerente de contrato recomendará para pago las facturas recibidas, luego de cerciorarse de que la parte contratada ha cumplido con los requerimientos establecidos en el contrato. El Director(a) podrá requerir la firma de otro personal de la Corporación como parte del proceso de certificación de cumplimiento. (d) Previo a procesar para pago las facturas por servicios profesionales y consultivos, el Gerente de Administración y Finanzas deberá: (1) Cotejar que el servicio facturado esté dentro de los términos del contrato; (2) determinar si procede la devolución del monto retenido a aquellos consultores o profesionales que se les ha remunerado mediante pagos parciales, una vez se haya verificado la corrección de dichos pagos; y, (3) verificar que la factura parcial O final haya sido debidamente certificada para pago por la oficina 0 programa responsable de supervisar y evaluar los servicios del consultor O profesional. (e) Si durante la vigencia del contrato surgen aumentos en los gastos de nómina del consultor, fijados por ley, los mismos serán reembolsados por la Página #19 Guías para la evaluación, selección, contratación y administración de servicios profesionales Corporación, salvo en aquellos casos en que el contrato se formalice de acuerdo a las tarifas establecidas por colegios profesionales O mediante suma alzada. (f) El/la gerente del contrato analizará las reclamaciones de consultores y otros profesionales que tenga contratados, así como los costos de cualquier tipo de contrato y enviará un informe al Director(a) con su recomendación. (g) Toda revisión de los contratos, incluyendo los de tasación, será evaluada por el/la gerente de contrato y/o la oficina 0 programa concerniente, la cual someterá por escrito al Director(a) sus recomendaciones.
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