Regl. 7275, art. 3
Gerencia de contratos
Length: 385 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7275, Art. 3
(a) El Director(a) identificará de entre el personal de la Corporación a un(a)
gerente de contrato, quien administrará el contrato de acuerdo con sus
términos y condiciones. Será responsabilidad del gerente de contrato
cerciorarse de que previo a comenzar los trabajos por concepto de servicios
profesionales o consultivos, se haya firmado el correspondiente contrato
para autorizar los mismos y se haya enviado la certificación correspondiente
a la Oficina del Contralor, de conformidad con la reglamentación vigente.
(b) El/la gerente de contrato podrá, en el ejercicio de su discreción y el descargo
de su responsabilidad, revisar aquellos subcontratos que el consultor o
profesional contrate, a los fines de proteger los intereses de la Corporación.
(c) El/la gerente de contrato recomendará para pago las facturas recibidas,
luego de cerciorarse de que la parte contratada ha cumplido con los
requerimientos establecidos en el contrato. El Director(a) podrá requerir la
firma de otro personal de la Corporación como parte del proceso de
certificación de cumplimiento.
(d) Previo a procesar para pago las facturas por servicios profesionales y
consultivos, el Gerente de Administración y Finanzas deberá:
(1) Cotejar que el servicio facturado esté dentro de los términos del contrato;
(2) determinar si procede la devolución del monto retenido a aquellos
consultores o profesionales que se les ha remunerado mediante pagos
parciales, una vez se haya verificado la corrección de dichos pagos; y,
(3) verificar que la factura parcial O final haya sido debidamente certificada
para pago por la oficina 0 programa responsable de supervisar y evaluar
los servicios del consultor O profesional.
(e) Si durante la vigencia del contrato surgen aumentos en los gastos de nómina
del consultor, fijados por ley, los mismos serán reembolsados por la
Página #19
GuÃas para la evaluación, selección, contratación y administración de servicios
profesionales
Corporación, salvo en aquellos casos en que el contrato se formalice de
acuerdo a las tarifas establecidas por colegios profesionales O mediante
suma alzada.
(f) El/la gerente del contrato analizará las reclamaciones de consultores y otros
profesionales que tenga contratados, asà como los costos de cualquier tipo
de contrato y enviará un informe al Director(a) con su recomendación.
(g) Toda revisión de los contratos, incluyendo los de tasación, será evaluada
por el/la gerente de contrato y/o la oficina 0 programa concerniente, la cual
someterá por escrito al Director(a) sus recomendaciones.