Regl. 7275, art. 3-IX
ACCESO A LOS ARCHIVOS
Length: 100 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7275, Art. 3-IX
(a) Los expedientes que sustentan los gastos incluidos por concepto de
servicios profesionales o consultorÃa, estarán sujetos a intervenciones de
auditorÃa interna y externa, y de la Oficina del Contralor y de otros
representantes del Gobierno que tengan injerencia. Representantes del
Gobierno Federal podrán intervenir los expedientes de los proyectos con
participación federal. De ser solicitadas copias de estos documentos, serán
entregadas a estos representantes.
(b) Los expedientes estarán disponibles para intervención en todo momento
durante la vigencia del contrato y por cinco (5) años luego del pago final. No
podrá disponerse de éstos hasta que se intervenga el proyecto.