Regl. 7275, art. 3-XII

VIGENCIA

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Cite as Reglamento Núm. 7275, Art. 3-XII

Estas Guías comenzarán a regir treinta (30) días luego de su presentación en el Departamento de Estado, y después de cumplirse con el requerimiento de radicación en la Biblioteca Legislativa. Aprobado en San Juan, Puerto Rico a los diez días de enero de 2007, mediante las Resoluciones Número 01-003-051215 y Número 02-010-070110 de la Junta de Directores de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña. Héctor Jiménez Juarbe Presidente de la Junta de Directores
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