Regl. 7275, art. I
INTRODUCCIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 7275, Art. I
La Ley Núm. 489 para el Desarrollo Integral del Distrito de Planificación
Especial del Caño Martín Peña establece que la Corporación del Proyecto
ENLACE del Caño Martin Peña debe "llevar a cabo sus trabajos, según logre su
pleno desarrollo, con personal capacitado y una reducida estructura para que
no pierda su carácter de entidad coordinadora ágil y eficiente, y no se convierta
en pesado aparado burocrático." A su vez, esta Corporación tiene un extenso,
diverso y complejo programa de trabajo a desarrollarse en un período de veinte
(20) años, que puede ser extendido por otros cinco (5) años. Por su naturaleza,
la Corporación tendrá necesidades diferenciadas de contratación de servicios
profesionales, según se vaya implantando el Plan de Desarrollo Integral y Usos
del Terreno para el Distrito de Planificación Especial del Caño Martín Peña.
Estas características hacen necesaria la contratación de asesores O consultores
en varias materias.
Estas Guías tienen el objetivo de establecer los parámetros a seguir
durante el proceso de contratación de servicios profesionales y consultivos, de
manera se lleve a cabo de forma ágil y eficiente, protegiendo los intereses de la
Corporación y asegurando el cumplimiento con los cánones de sana
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Guías para la evaluación, selección, contratación y administración de servicios
profesionales
administración y ética. Las Guías instrumentan el Registro de Proveedores de
Servicios Profesionales o Consultivos de la Corporación del Proyecto ENLACE
del Caño Martín Peña.