Regl. 7275, art. VII dup2

EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PROVEEDORES DE

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Cite as Reglamento Núm. 7275, Art. VII dup2

SERVICIOS PROFESIONALES Y CONSULTIVOS (a) El Director(a) debe aprobar el inicio del proceso de evaluación y selección de proveedores. La aprobación debe estar acompañada de un documento que defina el alcance del trabajo o proyecto a realizarse, y provea parámetros de tiempo para que se complete el trabajo 0 proyecto a realizarse. (b) Dependiendo de la naturaleza de los servicios profesionales O consultivos a ser contratados, la Corporación determinará si seleccionará a un proveedor de entre los incluidos en el Registro luego de evaluar los posibles candidatos, 0 si escogerá de entre los proveedores incluidos en el Registro a un mínimo de tres (3) firmas para que sometan propuestas a base de las cuales se evalúe y seleccione a un proveedor. En ambos casos, la Corporación se asegurará de que el proveedor cuenta con los credenciales requeridos para llevar a cabo el trabajo a contratarse de acuerdo a las necesidades de la Corporación. (c) De no haber candidatos idóneos en el Registro, la Corporación podrá identificar y negociar con el proveedor que seleccione, proveyéndose que la Página #10 Guías para la evaluación, selección, contratación y administración de servicios profesionales propuesta que someta dicho proveedor deberá ser aprobada por el Director(a) y la Junta. Dicho proceder deberá ser justificado y documentado. (d) Como parte del proceso de evaluación de candidatos, la Corporación considerará las credenciales técnicas y económicas de los proveedores considerados, así como la capacidad de éstas para suscribir el contrato, a base de la información en los expedientes. De ser necesario, podrá solicitar información adicional y pertinente a las firmas bajo evaluación. Podrá solicitar además propuestas técnicas y económicas a los proveedores considerados, siguiendo de forma discrecional los parámetros de contenido que se establecen en el inciso (e) de este artículo, salvaguardando el que todas las firmas a ser evaluadas tengan acceso a la misma información sobre el alcance de los servicios profesionales y consultivos a ser contratados. (e) Una vez seleccionado un proveedor, la Corporación iniciará el proceso de negociación. Para llevar a cabo este proceso, la Corporación deberá haber recibido una propuesta formal por parte del proveedor. Según lo requiera la naturaleza del servicio profesional 0 consultivo a ser prestado, la Corporación podrá solicitar que la propuesta incluya información debidamente documentada sobre los aspectos de capacidad técnica, capacidad financiera, compromisos del proveedor, historial de servicios, tiempo de ejecución del trabajo a realizarse, costo de los servicios y cualquier otra información que entienda pertinente. (f) De estimarlo necesario, el Director(a) podrá crear un comité de evaluación que le asista en el proceso de selección de proveedores.
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