Regl. 7284, art. 11-14
DÉBITOS A LA CUENTA DE AHORRO
Cite as Reglamento Núm. 7284, Art. 11-14
14.1 Deducciones
A. El(La) Administrador(a) deducirá de la cuenta de ahorro que se
establezca para cada participante del Programa los gastos de tenedurÃa
de la cuenta y aquellas sumas utilizadas en la compra de una
anualidad para el pago de beneficios con el propósito de hacer una
distribución global.
B. El(La) Administrador(a) deducirá además de la cuenta del(de la)
participante del Programa:
1. el monto de la prima de seguro por incapacidad una vez éste
sea establecido; u
2. otro tipo de seguro que se establezca posteriormente.
14.2 Cierre de la Cuenta
A. Una vez el(la) Administrador(a) compre la anualidad 0 distribuya el
balance total de la cuenta de ahorro al(a la) participante del Programa
0 su cónyuge supérstite, procederá a cerrar la cuenta.
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