Regl. 7290, art. 504 dup2
Excepciones a las Prohibiciones
Cite as Reglamento Núm. 7290, Art. 504 dup2
Los requisitos y prohibiciones establecidos en este Reglamento aplicarán a todas las Instalaciones
que generen Contaminantes. Las siguientes actividades estarán exentas del cumplimiento con el
presente Reglamento:
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1. La generación de Contaminantes en Instalaciones bajo un Plan de Reducción de
Desperdicios Peligrosos. Los requisitos de este Reglamento aplicarán a los desperdicios
no cubiertos en dicho Plan;
2. La generación de Contaminantes durante la investigación y desarrollo de un producto o
proceso;
3. La generación de Contaminantes durante períodos de prueba ("Test Runs").
Capítulo 6: Requisitos Específicos de Prevención de Contaminación