Regl. 7296, art. XIV-IV
REQUISITOS A SOMETER AL COLEGIO DE BARBEROS Y A
Cite as Reglamento Núm. 7296, Art. XIV-IV
LA JUNTA EXAMINADORA DE BARBEROS Y ESTILISTAS
1.
Los Inspectores reunirán los siguientes requisitos:
A)
Ser graduado de Escuela Superior.
B)
No haber sido sancionado por la Junta Examinadora de Barberos y
Estilistas en Barberia.
C)
No podrá aspirar ni desempeñar posiciones administrativas 0
electivas en las diferentes estructuras del Colegio o en la Junta
Examinadora de Barberos y Estilistas en BarberÃa durante el
término de su incumbencia como inspector.
D)
No tener demandas ni reclamaciones contra el Colegio ni la Junta
Examinadora de Barberos y Estilistas en BarberÃa al momento de
su nombramiento.
REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE INSPECTORES
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2.
Los candidatos a Inspector someterán los siguientes documentos:
A)
Resume
B)
Certificado de Nacimiento (Original)
C)
Certificado de Salud de la Unidad de Salud Pública (Original)
D)
Certificado de Antecedentes Penales (Original)
E)
Certificado de Asume
F)
Evidencia de Preparación Académica
G)
Cuatro (4) fotografias 2x2 a color (reciente)
H)
Copia de Licencia de Conducir
I)
Copia de Tarjeta de Seguro Social
J)
De ser barbero O estilista en barberÃa, certificación de colegiación
3.
Los candidatos a inspectores deberán someter estos documentos
para ser evaluados antes de su confirmación por la Junta de Gobierno del
Colegio y la Junta Examinadora de Barberos y Estilistas en BarberÃa.