Regl. 7298, art. 10

Procedimiento para solicitar el Programa

Last amended: 2007Length: 299 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7298, Art. 10

1. El agroempresario interesado se entrevistará con el oficial del DA en la Oficina Central o las Oficinas Regionales, quien le informará criterios de elegibilidad y los requisitos para participar en el Programa. 2. El participante completará los documentos requeridos para Solicitar el Programa, estos son: a. Solicitud de La Llave Para Tu Agroempresa. b. Solicitud de Financiamiento del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico. C. Plan de Negocios. ch. Proyecciones de Ingresos y Gastos con Estado de Situación proyectado a tres (3) años, con supuestos. d. Estados Financieros personales de los dueños, accionistas o socios de hasta ciento veinte (120) días de vigencia. e. Certificación de Membresía del Núcleo de Producción (si existe un Núcleo Certificado para el sector agrícola interesado). f. Dos (2) cotizaciones de los equipos y mejoras solicitadas. g. Copia de escritura o contrato de Compraventa, Arrendamiento o Usufructo h. Si el solicitante es una entidad jurídica: Resolución Corporativa autorizando a una persona natural como representante para realizar las gestiones de participación del Programa, incluyendo el Curso de Capacitación. i. Otros documentos que el Comité y el Banco entiendan necesarios para el respectivo proceso de análisis y evaluación del Plan de Negocios. 3. El DA recibirá los documentos completos para hacer oficial la solicitud. 4. Las solicitudes radicadas serán referidas para su correspondiente evaluación y recomendación del Director Ejecutivo de las respectivas industrias agrícolas. 5. Las recomendaciones de los Directores serán presentadas ante el Comité para su aprobación final. 6. Las solicitudes aprobadas serán referidas al BDE para el análisis crediticio y financiero. 7. Una vez el BDE aprueba el financiamiento el participante el participante deberá tomar el curso de capacitación. 6 8. Luego de aprobado el curso el participante presentará el certificado de aprobación como parte de los requisitos de cierre del financiamiento.
Regl. 7298, art. 10: Procedimiento para solicitar el Programa | Justis AI