Regl. 7298, art. 11

Comité de Desarrollo Económico y Agrícola

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Cite as Reglamento Núm. 7298, Art. 11

1. El Comité de Desarrollo Económico y Agrícola tendrá a su cargo la aprobación o denegación de cada caso, luego de haberse recomendado por el Director del sector agrícola correspondiente. 2. Referirá las solicitudes aprobadas al BDE para su correspondiente evaluación. 3. Coordinará con el Servicio de Extensión Agrícola y la Compañía de Comercio y Exportación el curso necesario por solicitante, según requerido en este reglamento. 4. Luego de aprobado el préstamo, dará seguimiento y capacitación necesaria a los negocios participantes. 5. Informes del Programa El Comité también estará a cargo de generar los informes sobre el Programa que serán presentados al Gobernador según lo estipula la Orden Ejecutiva.
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