Regl. 7299, art. XI dup2

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR FONDOS

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Cite as Reglamento Núm. 7299, Art. XI dup2

El Departamento en coordinación con la Oficina y otras entidades publicas 0 privadas hará disponible fondos para facilitar el desarrollo y operación de Proyectos de Vivienda de Vida Asistida. El Departamento en coordinación con la Oficina, publicará una vez al año, en un rotativo de circulación general en el país, la invitación a orientación dirigida a las entidades interesadas en presentar propuestas para optar por fondos. En dicho anuncio se informará el lugar y las fechas de las orientaciones. Un representante de la entidad interesada, debidamente autorizado, participará de la orientación sobre la preparación de la propuesta. Las entidades prepararán la propuesta conforme a las instrucciones recibidas en la orientación y utilizando el formato modelo provisto. La persona 0 entidad justificará la necesidad de los servicios para los cuales solicita fondos y someterá la propuesta en la fecha establecida. La misma deberá estar firmada por el presidente del Grupo Auspiciador. El Departamento en coordinación con la Oficina, evaluará las propuestas recibidas tomando en consideración los siguientes factores: parámetros para el desarrollo, parámetros para operación según dispuesto en el Manual de Procedimientos. Un documento indispensable para presentar los fondos es presentar evidencia de certificación O evidencia de solicitud de certificación.
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