Regl. 7300, art. VI-III

Recaudación

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Cite as Reglamento Núm. 7300, Art. VI-III

Inmediatamente después del Acto, y dentro de las veinticuatro (24) horas de celebrarse éste, el Recaudador del Departamento procederá a recibir formalmente las garantías. 21 1. Acto de Recaudación En la hora señalada, en presencia del Secretario de la Junta y estando bajo la custodia de éste el expediente de la subasta, el Recaudador procederá a verificar y recibir formalmente las garantías. a. Verificación de las Garantías El Recaudador viene obligado a verificar diligentemente las garantías sometidas y anotarlas en el formulario provisto para ello. b. Recibo de Garantías Las garantías sometidas serán recibidas por el Recaudador y serán depositadas en la cuenta especial de fianzas y garantías o expresamente creada para esos fines 0 en su caja fuerte, según la clase de garantía sometida por el licitador. En aquellos casos en que no se haya acompañado garantía a la oferta, el Recaudador así lo señalará. 2. Informe El Recaudador viene obligado a someter a la Junta de Subasta cuantos informes sean necesarios para facilitar la evaluación y adjudicación de la subasta y específicamente el siguiente: a. Informe de Garantías Recibidas El "Informe de Garantías Recibidas" formará parte del expediente de la subasta, y contendrá la siguiente información: 1) Número de la subasta; 22 2) Asuntos de la subasta; 3) Por ciento O cuantía fija de garantía solicitada; 4) Fecha del informe; 5) Lista de Licitadores; 6) Tipo de garantía presentada por cada licitador; 7) Cuantía cubierta por dicha garantía; 8) Número de recibo expedido 9) Ubicación de las garantías 10) Certificación sobre fecha y hora del envío de los recibos. a) El Recaudador enviará por correo 0 entregarán personalmente los recibos a la dirección que aparece en la oferta inmediatamente después de recibir las garantías.
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