Regl. 7301, art. II-II
Compras mediante subasta informal
Cite as Reglamento Núm. 7301, Art. II-II
Las compras de equipo, materiales y servicios desde $2,000.01 hasta $50,000.00
se efectuarán a base de subastas informales, siguiendo las reglas que se indican a
continuación:
a. El agente comprador, solicitará por lo menos tres (3) cotizaciones de precio por
escrito a licitadores cualificados. El número de licitadores estará sujeto a que existan
suficientes firmas suplidoras para el artÃculo o servicio que se solicite.
b. La sección de compras mantendrá un registro de licitadores de materiales, servicios,
equipo y suministros que se revisarán periódicamente.
C. La adjudicación de subastas informales requerirá la aprobación del Secretario
Auxiliar de Asuntos Administrativos o su representante autorizado, previo a la emisión
de la Orden de Compra antes de la emisión de la Orden de Compra por el Agente
Comprador.
d. En caso de incumplimiento por parte de un licitador a quien se le haya adjudicado
una subasta, el Secretario o su agente autorizado, podrá imponer penalidades conforme
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las disposiciones aplicables de este reglamento.