Regl. 7301, art. II-II

Compras mediante subasta informal

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Cite as Reglamento Núm. 7301, Art. II-II

Las compras de equipo, materiales y servicios desde $2,000.01 hasta $50,000.00 se efectuarán a base de subastas informales, siguiendo las reglas que se indican a continuación: a. El agente comprador, solicitará por lo menos tres (3) cotizaciones de precio por escrito a licitadores cualificados. El número de licitadores estará sujeto a que existan suficientes firmas suplidoras para el artículo o servicio que se solicite. b. La sección de compras mantendrá un registro de licitadores de materiales, servicios, equipo y suministros que se revisarán periódicamente. C. La adjudicación de subastas informales requerirá la aprobación del Secretario Auxiliar de Asuntos Administrativos o su representante autorizado, previo a la emisión de la Orden de Compra antes de la emisión de la Orden de Compra por el Agente Comprador. d. En caso de incumplimiento por parte de un licitador a quien se le haya adjudicado una subasta, el Secretario o su agente autorizado, podrá imponer penalidades conforme 7 las disposiciones aplicables de este reglamento.
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