Regl. 7301, art. I-IV
Disposiciones Generales
Cite as Reglamento Núm. 7301, Art. I-IV
A. Los funcionarios 0 empleados con función o la supervisión de la actividad de
adquisición, no podrán aceptar regalÃas, prestar dinero a, o tomar dinero prestado de, o
tener relación alguna con, firma comercial o individuo que provea servicios o suministros
al Departamento.
B. Todo funcionario o empleado del Departamento autorizado a solicitar 0 aprobar la
adquisición de equipo, materiales y servicios se guiará por criterios de necesidad,
utilidad y austeridad. No se aprobará la adquisición de equipo y materiales de mayor
costo, cuando existan sustitutos de menor precio que puedan satisfacer con igual
efectividad las necesidades de la Oficina solicitante.
C. Solamente se aprobará la adquisición de equipo, materiales y servicios que sean
estrictamente necesarios para realizar las actividades para la cual han de adquirirse.
D. La responsabilidad de los trámites de la adquisición estará centralizada en la
SecretarÃa Auxiliar de Asuntos Administrativos, División de Servicios Generales,
Sección de Compras.
E. Solicitud de Compra
1. La Solicitud de Compra incluirá especificaciones que permitan establecer
competencia entre varios suplidores y marcas. Se señalará, además, el propósito y uso
especÃfico de los artÃculos o servicios solicitados y cualquier otra caracterÃstica especial
que requiera una evaluación a base de criterios especÃficos. Dichas solicitudes serán
preparadas y presentadas con suficiente antelación, de manera que no conflijan con el
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tiempo que toma la publicación, estudio, adjudicación y entrega de los productos o
servicios.
El propósito de los requisitos anteriores es que se pueda determinar la razonabilidad de
las especificaciones y condiciones establecidas en cada solicitud y, posteriormente, hacer
una mejor evaluación de las ofertas.
En aquellas situaciones en que no se pueda someter con la Solicitud de Compra
especificaciones que permitan amplia competencia, acompañarán la misma con una
justificación señalando las razones que hacen indispensable que la compra se efectúe de
determinada marca o con determinada caracterÃstica especial. Si el planteamiento asà lo
justifica, la SecretarÃa de Asuntos Administrativos podrá efectuar la compra como única
fuente de abasto.
2. No se efectuará ninguna transacción en la cual haya fraccionamiento de las compras
con el propósito de lograr que la misma se efectúe bajo normas distintas o en un nivel
diferente al que le correspondÃa, conforme al monto envuelto. Las necesidades se
agruparán, al efectuar las compras, en tal forma que las transacciones puedan efectuarse
en la forma más económica y conveniente al interés público, en armonÃa con este
reglamento.
F. El Departamento podrá utilizar las facilidades que ofrecen el almacén, la imprenta y
el taller de reparaciones de las Areas de Compra, Servicios y Suministro y de Transporte
y Mantenimiento de VehÃculos de Motor de la Administración de Servicios Generales,
cuando éstas resulten más convenientes, económicas y ventajosas.
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