Regl. 7312, art. III-1
Definiciones
Cite as Reglamento Núm. 7312, Art. III-1
Para los fines de este Reglamento los términos aquà incluidos tendrán el
significado que se indica a continuación:
2
a. ASSMCA - Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la
Adicción.
b. Autorización Expresa o Consentimiento Proceso mediante el cual un
empleado de forma libre y voluntariamente, autoriza a terceros a recibir
información confidencial de su persona.
c. Certificación Procedimiento mediante el cual la ASSMCA determina,
luego de la evaluación correspondiente, que una entidad privada
dedicada a ofrecer servicios de PAE cumple con las normas establecidas
para poder ser contratado por las dependencias gubernamentales.
d. Cláusula del Abuelo Estipulación que le permite a los funcionarios que
se han estado desempeñando en funciones similares a las de un Director
o Coordinador de PAE por un perÃodo de tiempo de tres años o más sin
poseer las credenciales requeridas que puedan seguir ejerciendo las
funciones, condicionado a que cumplan con los requisitos establecidos en
el ArtÃculo VI de este Reglamento.
e. Cliente Funcionarios, empleados y familiares que reciben servicios del
Programa de Ayuda al Empleado.
f. Confidencialidad Derecho de un cliente que recibe los servicios del
PAE a que la información que provee oral o escrita no sea divulgada a
terceros cuando no medie su autorización expresa o consentimiento
excepto cuando este Reglamento disponga lo contrario.
g. Consorcio Grupo de dependencias gubernamentales o gobiernos
municipales que se unen con el propósito de contratar un PAE privado o
un profesional de conducta humana.
h. ConsultorÃa Organizacional Asesoramiento u orientación ofrecida por
los Directores Profesionales o Coordinadores del PAE y/o los
Representantes del PAE privado, a los gerentes, supervisores y
delegados de organizaciones sindicales sobre el manejo de situaciones
que interfieren con la productividad de los empleados.
i. Coordinador del PAE Empleado con una preparación académica
mÃnima de bachillerato en conducta humana quien tendrá la
3
responsabilidad de coordinar los servicios de un PAE externo y evaluar el
cumplimiento del contrato con el PAE privado.
j. Descertificación- Procedimiento mediante el cual la ASSMCA cancela el
certificado otorgado a un PAE privado que lo cualificaba para ser
contratado por una dependencia gubernamental.
k. Director del PAE Profesional de conducta humana, con preparación
académica mÃnima de maestrÃa, que tendrá la responsabilidad de dirigir,
supervisar y coordinar los servicios de un PAE interno.
I. Diseño del Programa La logÃstica administrativa y presupuestaria para
la operación de un PAE exitoso que incluye, entre otros: el modelo de
PAE para proveer los servicios, la localización del Programa en la
estructura organizacional, y el establecimiento de acuerdos colaborativos
con áreas, tales como, Recursos Humanos y otros.
m. Educación Continuada Conjunto de adiestramientos coordinados por la
ASSMCA y la División para el Desarrollo de Capital Humano de ORHELA
con el propósito de que los Directores, Profesionales y Coordinadores del
PAE adquieran, mantengan y desarrollen conocimientos y destrezas
necesarias para llevar a cabo sus funciones según establecido en el
ArtÃculo VI de este Reglamento.
n. Empleado Persona que desempeña un trabajo o cargo, a cambio de un
salario en alguna de las dependencias gubernamentales o gobiernos
municipales que ocupe un puesto regular O transitorio. Podrá ser
extensivo a puestos irregulares, de confianza y contratos de servicios
profesionales si la agencia o municipio lo determina.
O. Empleado del PAE Toda aquella persona que labora en un PAE,
seleccionado a través de un proceso de reclutamiento a tono con la
naturaleza del servicio.
p. Estándares Normas y procedimientos establecidos por la ASSMCA
para la implantación y desarrollo de los PAE incluidos en los ArtÃculos V al
IX de este Reglamento.
4
q. Estándares Éticos y Profesionales GuÃas que rigen el
comportamiento de los empleados del PAE, según establecidas por los
códigos de ética de las distintas profesiones y otra legislación que aplique
a la naturaleza del servicio, tales como, Ley de Ética Gubernamental, Ley
de Salud Mental y Ley HIPAA.
Γ. Evaluación Inicial Proceso mediante el cual se identifican las
necesidades y fortalezas del cliente dirigida a establecer un plan de
acción.
S. Expediente - Recopilación confidencial de todos los datos, gestiones y
documentos relacionados con el empleado que recibe los servicios del
Programa de Ayuda al Empleado.
t. Instrumentos de Medición Formularios que utiliza la ASSMCA para
evaluar y certificar los PAE privados y además, evaluar los PAE de las
dependencias gubernamentales.
u. Intervención en Crisis Proceso de ayuda, rápido e intensivo, ofrecido
durante y luego de ocurrida la crisis o situación que la genera, el cual está
dirigido a que el empleado o familiar se recupere de su estado de
vulnerabilidad en aspectos fÃsicos, emocionales, mentales y conductuales.
V. MonitorÃa - Proceso por el cual se determina si los PAE privados
cumplen con los criterios de evaluación establecidos por la ASSMCA para
ser contratados por las dependencias gubernamentales y si los PAE de
las dependencias gubernamentales cumplen con los estándares
requeridos para implantar y desarrollar estos Programas.
W. ORHELA Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado.
X. Orientación Actividad educativa dirigida a informar a los empleados
sobre la polÃtica, procedimientos y servicios del Programa de Ayuda al
Empleado.
y- Penalidad Sanción o castigo impuesto a las dependencias
gubernamentales y a los PAE privados que no cumplen con las
estipulaciones establecidas en este Reglamento.
5
z. Personal de Apoyo Personal directivo que realiza funciones que
directa O indirectamente impactan los servicios que ofrece el PAE y
representantes de las organizaciones sindicales.
aa.Profesional de Conducta Humana Empleado con preparación
académica mÃnima de bachillerato y licencia profesional o certificación en
un área de las ciencias de la conducta, tales como: trabajo social,
psicologÃa, consejerÃa, orientación, psiquiatrÃa, sociologÃa.
bb.Profesional del PAE profesional de conducta humana con preparación
académica mÃnima de bachillerato que labora en un PAE interno bajo la
supervisión del Director del PAE.
cc.Programa de Ayuda al Empleado (PAE) Es un programa implantado
en el lugar de trabajo diseñado para ayudar a la alta gerencia,
supervisores, al empleado y su familia inmediata a prevenir, identificar en
etapas tempranas y resolver problemas de productividad asociados a
asuntos laborales o personales y además, promover estilos de vida
saludables que estimulen la productividad de los empleados.
dd.PAE Interno Programa establecido en las dependencias
gubernamentales y gobiernos municipales que son atendidos por
Profesionales en conducta humana que ocupan puestos regulares.
ee.PAE Externo Programa que se establece en las dependencias
gubernamentales y gobiernos municipales mediante la contratación de un
PAE privado.
ff. P AE Privado - Empresa, compañÃa O institución que ofrece servicios de
PAE mediante contrato y a la cual se le requerirá una certificación de la
ASSMCA para ser contratado por una dependencia gubernamental.
gg.Proveedor de Servicios Profesional, programa o institución que es
utilizado por los PAE para atender las necesidades de sus clientes.
hh.Referido Acción de dirigir al cliente hacia los recursos y servicios de
ayuda para manejar y resolver algún conflicto o situación.
ii. Representante del PAE Privado Profesional con preparación
académica en un área de las ciencias de la conducta humana designado
6
por el PAE privado para facilitar la prestación de servicios en una
dependencia gubernamental o gobierno municipal que trabajará en
estrecha colaboración con el coordinador del PAE.
jj. Seguimiento - Proceso de revisar el progreso del plan de acción
acordado con el cliente del PAE.
kk. Solución de Problemas - Es el logro del plan de acción trazado entre el
cliente y el PAE que se refleja en una mejor ejecución laboral.
II. Solución de Problemas a Corto Plazo - Intervención ofrecida en un
máximo de cinco sesiones en un perÃodo de tiempo no mayor de dos (2)
meses enfocada en una situación especÃfica con un plan de acción
dirigido a que el cliente logre manejar la misma de manera efectiva según
establecido en el ArtÃculo VII de este Reglamento.
mm. Unidad Independiente - Un área de trabajo que tiene autonomÃa de
criterio e independencia para llevar a cabo sus funciones de acuerdo con
la naturaleza del servicio según establecido en el ArtÃculo VII de este
Reglamento.