Regl. 7312, art. XI-3

Inspección y Monitoría

Last amended: 2007Length: 262 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7312, Art. XI-3

En cualquier momento durante la vigencia de la certificación, la ASSMCA podrá requerirle a la entidad que presente evidencia de cumplimiento con las disposiciones de este Reglamento, que incluya: a. Evidencia de las credenciales que poseen los profesionales que ofrecen servicios. b. Evidencia de haber ofrecido consultoría a directores, gerentes y supervisores sobre manejo de empleados que presenten problemas de ejecución o conducta. C. Evidencia de haber participado en el diseño del Reglamento interno de la dependencia. d. Evidencia de haber colaborado en la identificación de necesidades de la dependencia para diseñar el plan de trabajo del PAE. e. Evidencia de haber colaborado en el diseño de un plan para promover la salud integral de los empleados. f. Evidencia de haber ofrecido actividades educativas. g. Evidencia de haber ofrecido orientaciones a los empleados sobre la política y funcionamiento del Programa. h. Evidencia de haber ofrecido capacitaciones a los supervisores sobre su rol en el PAE. i. Evidencia de procedimientos para el manejo de situaciones de crisis. j. Evidencia de que los representantes asignados a la dependencia son profesionales en el área de conducta humana. k. Evidencia del monitoreo de la asistencia y progreso de los empleados referidos. I. Evidencia de haber provisto informes al Coordinador del PAE de la agencia sobre la asistencia y progreso en el tratamiento del empleado referido. m. Evidencia de haber provisto informes estadísticos trimestrales sobre la clientela atendida. 32 n. Cualquiera otra evidencia que demuestre el cumplimiento con lo establecido en este Reglamento y el Manual de Normas y Procedimientos relacionados a la administración de un PAE.
Regl. 7312, art. XI-3: Inspección y Monitoría | Justis AI