Regl. 3015, art. I-12.5
Reglamento de educacion continua para podiatras: establece reglas necesarias para la implantacion de normas y procedimientos que regiran el Programa de Educacion Continua de podiatras en P.R.
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Cite as Reglamento Núm. 3015, Art. I-12.5
Si el afectado no está conforme con el fallo de la Junta,
podrá solicitar un recurso de revisión ante el Tribunal Superior
de Puerto Rico, dentro del término de treinta (30) dÃas luego de
haber recibido la notificación.
CAPITULO XIII