Regl. 7325, art. IV

PROPÓSITO

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Cite as Reglamento Núm. 7325, Art. IV

A. Que cualquier persona natural 0 jurídica que labore, se relacione o esté asociada con el Departamento lleve a cabo sus funciones públicas en rigurosa conformidad con la Ley y los Reglamentos según los más elevados estándares de ética personal y laboral que permitan un eficaz control de las normas contra el nepotismo que se espera de todo servidor público del Departamento; B. Establecer unas guías y disposiciones que prohíban ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en los casos de parentesco, salvo aquellos casos que sea extremadamente imprescindible para el Departamento y para el servicio público, a tono a lo dispuesto por Ética Gubernamental; C. Hacer cumplir las normas contra la práctica del nepotismo a nivel del Departamento de manera transparente, oportuna y eficiente en salvaguarda de la imagen institucional; D. Disponer el procedimiento para tramitar una solicitud de dispensa de la prohibición que aplica en los casos de contratación, nombramientos, promoción y ascenso de parientes y familiares cuando se trate de casos realmente meritorios y excepcionales en beneficio del servicio público y del Departamento a tono por lo dispuesto por Ética Gubernamental; For E. Contratar a los solicitantes más aptos y capacitados, que más convengan a la posición en beneficio del Departamento y del pueblo de Puerto Rico con el propósito de desalentar la práctica de nepotismo y que todo empleado se seleccione, adiestre, ascienda y retenga en su empleo en consideración a su mérito, capacidad y preparación; F. Garantizar a toda persona que aspira ocupar un puesto en el Departamento, la oportunidad de competir en igualdad de condiciones, libre de favoritismos por razón de parentesco (consanguinidad 0 afinidad) 0 amistad; G. Establecer las guías y procedimientos que han de abordar la necesidad y los medios requeridos para dar a conocer y registrar los casos de Nepotismo, 4 conflicto de intereses y/o cualquiera otra prohibición dentro de este Reglamento y determinar la acción apropiada para disminuir su impacto en la integridad de las operaciones del Departamento;
Regl. 7325, art. IV: PROPÓSITO | Justis AI