Regl. 7329, art. IX

Admisión de Usuarios

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Cite as Reglamento Núm. 7329, Art. IX

1. El dueño o Administrador de cada gimnasio tendrá la obligación de exigirle a todo usuario que llene un formulario relativo a su condición médica y firme dicho documento. El profesional certificado del Gimnasio determinará conforme a lo expuesto en el formulario los ejercicios que el solicitante deberá realizar; disponiéndose, que el solicitante deberá producir una certificación médica autorizándolo a realizar los ejercicios, cuando surja que la persona padece de una o más de las siguientes condiciones: a) Historial familiar Infarto del miocardio o muerte súbita antes de los 55 años en el padre u otro familiar masculino de la primera generación; 0 antes de los 65 años en la madre o familiar femenino de la primera generación. b) Fumadores o aquellos que dejaron de fumar en los últimos seis meses. 6 c) Hipertensión Presión sistólica >140 mm Hg o diastólica >90 mm HG. d) Niveles altos de colesterol Lipoproteína de baja densidad (LDL)>130 mg-dl-¹ Lipoproteína de alta densidad (HDL) "<"40 mg-dl-¹ e) Diabetes Diabetes Tipo I o Tipo II. f) Obesidad - Indice de masa corporal ">"30 Kg-M². Cintura mayor de 102 cm para hombres y mayor de 88 cm para mujer. Razón de cintura/cadera ≥ 0.95 para hombres o ≥ 0.86 para mujeres. g) Estilo de vida sedentaria Persona que no participa en un programa regular de ejercicios o que no reúne los requerimientos mínimos de actividad física, recomendados en el informe del Cirujano General de Estados Unidos. Los dueños o administradores de los gimnasios deberán mantener en archivo permanente estos formularios los cuales se mantendrá en total confidencialidad, conforme a lo dispuesto en la Ley HIPPA del 1996, del 24 de abril del 2003 (HEALTH INSURANCE PORTABILITY AND ACCOUNTABILITY ACT) según enmendada. Toda violación al Artículo IX conllevará una pena de hasta Mil dólares ($1,000.00).
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