Regl. 7329, art. VII
Inspección de Establecimientos
Cite as Reglamento Núm. 7329, Art. VII
El Departamento, a través de la Comisión, se encargará de realizar visitas e inspecciones anuales
de los gimnasios para asegurarse que cumplen con todos los requisitos que este reglamento
establece. Disponiéndose que la Comisión podrá inspeccionar un gimnasio en cualquier
momento.