Regl. 7329, art. VII

Inspección de Establecimientos

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Cite as Reglamento Núm. 7329, Art. VII

El Departamento, a través de la Comisión, se encargará de realizar visitas e inspecciones anuales de los gimnasios para asegurarse que cumplen con todos los requisitos que este reglamento establece. Disponiéndose que la Comisión podrá inspeccionar un gimnasio en cualquier momento.
Regl. 7329, art. VII: Inspección de Establecimientos | Justis AI