Regl. 3015, art. I-3.1
Generales
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Cite as Reglamento Núm. 3015, Art. I-3.1
Este reglamento se establece con el fin de cumplir con
lo estipulado por la Ley Núm. 11, supra. Pretende además, garantizar el mejoramiento profesional de la clase autorizada para
ejercer como Podiatra, de manera que se logre un grado de excelencia máxima en el desempeño de sus funciones. Se espera redunde
en una mejor calidad y eficiencia en la prestación de mejores
servicios de salud y una utilización más efectiva de los recursos
disponibles.