Regl. 7330, art. 9-13
PROHIBICIÓN
Cite as Reglamento Núm. 7330, Art. 9-13
No se establecerán locales de propaganda 0 de persuasión a favor
O en contra de las opciones dispuestas en la consulta a menos de cien
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(100) metros uno del otro; contándose esta distancia desde la entrada
principal de las estructuras que alberguen dichos locales.