Regl. 7330, art. 9-3
PROPÓSITO
Cite as Reglamento Núm. 7330, Art. 9-3
Este Reglamento se adopta con el propósito de establecer
procedimientos justos para los municipios proponentes y sobre todo, los
residentes de las comunidades especiales del País que se puedan ver
afectados directa o indirectamente por cualquier procedimiento de
expropiación forzosa iniciado por los primeros. Además, se establecerán
los procedimientos necesarios para garantizar la autodeterminación y el
derecho a la autogestión de los residentes de comunidades especiales
que se puedan ver afectados por los referidos procesos de expropiación.
El garantizar la oportunidad de expresar democráticamente la voluntad de
permanecer 0 no en su comunidad es una obligación de política pública
del Estado, compromiso que al cumplirse garantiza el respeto al derecho
de estos residentes de poder expresar su voluntad mediante una consulta
universal, igualitaria, directa, secreta y libre. La misma será de aplicación
compulsoria para todas las partes siempre que el gobierno municipal
tenga el propósito de adquirir una porción o la totalidad de los terrenos en
una Comunidad Especial.
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