Regl. 7330, art. 9-3

PROPÓSITO

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Cite as Reglamento Núm. 7330, Art. 9-3

Este Reglamento se adopta con el propósito de establecer procedimientos justos para los municipios proponentes y sobre todo, los residentes de las comunidades especiales del País que se puedan ver afectados directa o indirectamente por cualquier procedimiento de expropiación forzosa iniciado por los primeros. Además, se establecerán los procedimientos necesarios para garantizar la autodeterminación y el derecho a la autogestión de los residentes de comunidades especiales que se puedan ver afectados por los referidos procesos de expropiación. El garantizar la oportunidad de expresar democráticamente la voluntad de permanecer 0 no en su comunidad es una obligación de política pública del Estado, compromiso que al cumplirse garantiza el respeto al derecho de estos residentes de poder expresar su voluntad mediante una consulta universal, igualitaria, directa, secreta y libre. La misma será de aplicación compulsoria para todas las partes siempre que el gobierno municipal tenga el propósito de adquirir una porción o la totalidad de los terrenos en una Comunidad Especial. - 7
Regl. 7330, art. 9-3: PROPÓSITO | Justis AI