Regl. 7335, art. IV
APLICABILIDAD
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Cite as Reglamento Núm. 7335, Art. IV
Este Reglamento aplica a todos los convictos que hayan sido
sentenciados y estén recluidos en una institución penal, y a los funcionarios y
empleados del Departamento de Corrección y Rehabilitación, el Departamento
de Justicia, y organismos adscritos a éstos, que de una u otra forma participan
en el proceso de evaluación y emisión de certificaciones de rehabilitación.