Regl. 7335, art. VIII

INFORMES

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Cite as Reglamento Núm. 7335, Art. VIII

A. Informe de Campo Recibida una solicitud para la concesión de una Certificación de Rehabilitación, la Unidad Designada deberá llevar a cabo las evaluaciones e investigaciones necesarias, de conformidad a los requisitos impuestos en el 10 Nuevo Código Penal y en este Reglamento. El resultado de esa investigación se hará constar en un Informe de Campo que deberá cubrir todo lo relacionado a los requisitos de elegibilidad y los criterios de evaluación antes señalados, así como cualquier otro asunto que la Unidad Designada considere pertinente. B. Evaluaciones Psicológicas Cuando el Informe de Campo sea favorable, la Unidad Designada referirá al convicto a una evaluación psicológica. El profesional de la conducta humana, quien realizará la evaluación sicológica mediante la utilización de un Instrumento Estandarizado, deberá presentar un Informe Psicológico escrito que detalle las determinaciones de su evaluación y una recomendación referente a si el convicto está capacitado para convivir libremente en la sociedad. Principalmente, dicho Informe Psicológico debe establecer la probabilidad de que el convicto, de ser puesto en libertad, no manifieste la peligrosidad representada en el acto por el cual cumple sentencia, y si dicho convicto está rehabilitado. C. Informe de Recomendación Cuando uno de los Informes, bien sea el de Campo o el Psicológico, sea desfavorable, la Unidad Designada procederá a emitir un Informe de Recomendación negativo al Secretario de Corrección informándole al respecto. En estos casos el Secretario de Corrección, o el funcionario en quien él tenga a bien delegar esta facultad, denegará la solicitud. Cuando el Informe de Campo y el Informe Psicológico sean favorables, la Unidad Designada procederá a notificar dichos resultados al Secretario de 11 Corrección en un Informe de Recomendación positivo y acompañará un Proyecto de Certificación de Rehabilitación para la firma del Secretario de Corrección. En ambos casos la Unidad Designada deberá acompañar su Informe de Recomendación con todos los documentos que apoyan el mismo.
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