Regl. 7339, art. 16

Suspensión de Resoluciones u Ordenes Administrativas

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Cite as Reglamento Núm. 7339, Art. 16

El Subordenador podrá dejar sin efecto una orden administrativa o resolución suya previa conclusión que la misma obstruye o no tiende a poner en efecto la política pública y los fines de las disposiciones de la Ley 95, la Ley 238 y este Reglamento, 0 los reglamentos promulgados al amparo de éstos. Podrá así mismo dejar en suspenso tal orden o resolución hasta que la misma sea necesaria para efectuar la política pública y los fines de dichos estatutos. 11
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