Regl. 7339, art. 4
Oficina para la Reglamentación y Promoción de la Industria de
Cite as Reglamento Núm. 7339, Art. 4
Carne de Res de Puerto Rico.
Se crea en el Departamento de Agricultura del Estado Libre Asociado la Oficina para la
Reglamentación y Promoción de la Industria de la Carne de Res de Puerto Rico, la cual tendrá,
entre otras funciones dispuestas en la Ley y este Reglamento, la responsabilidad de adoptar y
poner en vigor programas y medidas orientadas a propiciar el desarrollo de una industria
ganadera próspera, asà como ordenar y organizar las diferentes situaciones o problemas
relacionados con la producción, elaboración, promoción, distribución y venta de carne de res.
La Oficina para la Reglamentación y Promoción de la Industria de la Carne de Res de
Pueeto Rico, estará adscrita a la Oficina de Ordenamiento de las Industrias Agropecuarias