Regl. 7341, art. XV-VII
REQUISITOS PARA SOLICITAR OPINIONES
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Cite as Reglamento Núm. 7341, Art. XV-VII
Toda solicitud será dirigida a nombre del Inspector de Cooperativas de
Puerto Rico, e incluirá lo siguiente:
(a) Nombre completo del solicitante, además su: dirección postal y
fÃsica, correo electrónico y teléfono(s) del solicitante, donde se le
pueda contactar en horas laborables. Si el solicitante es una
cooperativa, la solicitud vendrá suscrita por el Presidente de la Junta
de Directores o el Principal Oficial Ejecutivo de la cooperativa.
(b)
Nombre completo, dirección postal y fÃsica, además, incluirá el (los)
teléfono(s) del representante autorizado.
(c)
Deberá ser por escrito y estar firmada.
(d)
Una relación detallada y sucinta de los hechos que dan lugar a la
solicitud.
(e)
Todos los documentos relacionados con la solicitud.
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