Regl. 3015, art. I-4.6.3
E1 profesional que no haya renovado su
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Cite as Reglamento Núm. 3015, Art. I-4.6.3
licencia por el término de un trienio se le
requerirá lo siguiente:
-cumplir con dos terceras partes (2/3) de
los requisitos de educación continua del
trienio atrasado. La Junta acordará con
el profesional la forma en que cumplirá
con los requisitos atrasados.
-cumplir con los requisitos del trienio
vigente.