Regl. 3015, art. I-4.6.5
Para aquellos profesionales que han estado
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Cite as Reglamento Núm. 3015, Art. I-4.6.5
ejerciendo fuera de Puerto Rico y que no hayan
renovado su licencia, se les requerirá una
declaración jurada donde se exprese lo siguiente:
-tiempo fuera del paÃs
-donde ha estado ejerciendo
Si ha cumplido con requisito de educación continua tiene que
presentar evidencia al respecto. La Junta evaluará los documentos
y determinará la acción a tomar.
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