Regl. 7352, art. 19

Sanciones y Penalidades

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Cite as Reglamento Núm. 7352, Art. 19

La violación de cualquiera de las disposiciones de este Reglamento conllevará la imposición de las sanciones administrativas y las penalidades de delito grave que se establece en el Artículo 20 de la Ley 78 de 14 de agosto de 1997.
Regl. 7352, art. 19: Sanciones y Penalidades | Justis AI