Regl. 3015, art. I-6.2
Reglamento de educacion continua para podiatras: establece reglas necesarias para la implantacion de normas y procedimientos que regiran el Programa de Educacion Continua de podiatras en P.R.
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Cite as Reglamento Núm. 3015, Art. I-6.2
Los expedientes de actividades educativas deberán mantenerse archivados y las copias correspondientes deberán ser remitidas a la Junta.