Regl. 7358, art. 4.01
Tipos de Actividades Con el fin de distinguir los requisitos que habrá
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Cite as Reglamento Núm. 7358, Art. 4.01
de exigir el Administrador o del Director Regional en ausencia del primero, éste tendrá
el deber y la potestad de determinar el tipo de actividad a celebrarse de acuerdo a las
siguientes categorías:
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(a) Actividades Multitudinarias o de Alto Riesgo
1. Por ejemplo: ferias mecánicas, actividades artísticas, fiestas patronales,
festivales, actividades o competencias en piscinas, deportes de alto
riesgo (boxeo, arco y flecha, etc.)
2. Los anteriores ejemplos no constituyen una lista taxativa de las
actividades a considerarse bajo esta clasificación.
(b) Actividades Deportivas y Recreativas
(c) Actividades por Asociaciones o Corporaciones con Fines de Lucro
(d) Actividades por Asociaciones o Corporaciones sin Fines de Lucro
(e) Actividades Privadas
1. Por ejemplo: reuniones de uniones o asociaciones, actividades familiares,
seminarios, charlas, etc.
2. Los anteriores ejemplos no constituyen una lista taxativa de las
actividades a considerarse bajo esta clasificación.
(f) Actividades Gubernamentales
(g) Actividades en Piscina
(h) Actividades de Aterrizaje
(i) Vendedores Ambulantes