Regl. 3015, art. I-7.1.2
De acuerdo con la información suministrada
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Cite as Reglamento Núm. 3015, Art. I-7.1.2
por el Centro de Cómputos, la Junta informará a los Podiatras anualmente el
número de U.E.C. acumuladas para el trienio.
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