Regl. 7359, art. 34

Reglas de Interpretación

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Cite as Reglamento Núm. 7359, Art. 34

34.1 Formas de Interpretar Estas Reglas se interpretarán en forma liberal de modo que se garantice una solución justa, rápida y económica de todo procedimiento a tenor y de conformidad con las disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Ley Número 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada. 34.2 Idioma que prevalecerá En caso de discrepancias entre el texto original en español y su traducción en inglés, prevalecerá el texto en español.
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