Regl. 7359, art. 34
Reglas de Interpretación
Cite as Reglamento Núm. 7359, Art. 34
34.1 Formas de Interpretar
Estas Reglas se interpretarán en forma liberal de modo que se
garantice una solución justa, rápida y económica de todo
procedimiento a tenor y de conformidad con las disposiciones de la Ley
de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado
de Puerto Rico, Ley Número 170 de 12 de agosto de 1988, según
enmendada.
34.2 Idioma que prevalecerá
En caso de discrepancias entre el texto original en español y su
traducción en inglés, prevalecerá el texto en español.