Regl. 7359, art. 6

Competencia

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Cite as Reglamento Núm. 7359, Art. 6

La Petición podrá ser presentada en cualquier Oficina Regional de la Administración. Se trasladará la Petición a la Oficina Regional de la ACAA correspondiente para su tramitación y adjudicación, tomando en cuenta cuál fue la Oficina Regional donde se ofrecieron los servicios 17 y/o se hizo la determinación administrativa de recobro, el lugar de residencia de las partes, el lugar donde acontecieron los hechos, y el lugar donde se encuentra la mayor cantidad de prueba O testigos.
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