Regl. 7361, art. 26
ARCHIVO EN AUTOS DE COPIA DE RESOLUCIONES Y ORDENES
Length: 37 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7361, Art. 26
El Secretario o el funcionario designado por éste archivarán en autos copia de las
resoluciones u órdenes emitidas y dejará constancia en el expediente de la referida notificación
a las partes y a los abogados de récord.